miércoles, 23 de octubre de 2013

Opiniones diversas tras la sentencia Parot del TEDH






Esta es la lista de reacciones que podrá encontrar aquí el lector interesado en el tema.












 






La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) ha culpado directamente a los políticos de la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de condenar a España por la aplicación de la 'doctrina Parot' a la etarra Inés del Río porque considera que "han hecho mal los deberes" y a exigido al Gobierno que no cumpla la sentencia, "que es declarativa y no ejecutiva".

La directiva de la AVT ha comparecido ante los medios de comunicación poco después de conocer la sentencia del Tribunal de Estrasburgo acompañada de 60 víctimas de ETA que temen que los responsables de sus asesinatos puedan salir a España si se deroga la 'doctrina Parot'.

"Hoy en España se ha quebrado el Estado de Derecho. La democracia ha sido derrotada por culpa de los políticos que han cedido a los terroristas", ha denunciado la presidenta del principal colectivo de víctimas del terrorismo, Angeles Pedraza, que ha señalado como principal responsable al expresidente José Luis Rodríguez Zapatero pero ha incluido en la responsabilidad a todos los dirigentes políticos.

Previamente, nada más conocerse el fallo de Estrasburgo, la AVT dio su versión en Twitter, donde ha escrito "Vergüenza: Estrasburgo tumba la doctrina Parot. Es el día de la infamia, el día de la injusticia". Asimismo, escriben: "Inés del Río mató a 23 personas. Destrozó vidas y sueños. Destrozó ilusiones. Hoy un tribunal ampara sus asesinatos".

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2. Editorial de LA RAZON

López Guerra consuma su traición



A favor de liberar a la etarra Inés del Río y, además, de indemnizar con 30.000 euros a la terrorista del «comando Madrid» por «daño moral». Ése fue el sentido del voto que ayer emitió Luis López Guerra, el único juez español de los 17 que componen la Gran Sala del Tribunal de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo. No fue una sorpresa. Todo lo contrario. Era la culminación de una traición a las víctimas del terrorismo que tuvo su primer episodio en julio de 2012, cuando el magistrado vinculado al PSOE ya votó a favor de la derogación de la «doctrina Parot». Pero en 2006, como informó LA RAZÓN en su edición de ayer, las actas de ETA ya reflejaban que el Gobierno socialista prometió a la banda «cambios en la Política-penitenciaria-Parot». Y un año después, el Ejecutivo socialista elegía de entre tres candidatos a López Guerra para el TEDH, que empezó a ejercer en febrero de 2008.

Junto a López Guerra, ayer votaron en el mismo sentido otros 14 magistrados. Y es que la votación principal, la que dirimía si se vulneró el artículo 7 del Convenio Europeo de Derecho Humanos de la sanguinaria pistolera, acabó con un rotundo 15-2, a favor de dar la razón a la terrorista.

Sólo dos magistrados, el británico Paul Mahoney y el bosnio Faris Vehahovic se oponen a la derogación de la medida penitenciaria. «No podemos compartir la opinión mayoritaria de la Gran Sala», comienza diciendo su voto particular, en el que entienden que se trata de un «caso extraordinario que puede preocupar por el trato dado al prisionero», pero en el que no consideran que la «sanción a la demandante se haya hecho más pesada por la impugnación», a pesar del «impacto muy significativo en el tiempo que tiene pasar en la cárcel» ante de que expire la sentencia. Además, señalan estos dos magistrados, «no estamos convencidos de que la diferencia entre el derecho automático a la reducción de la pena (por trabajos realizados en la cárcel) y la liberación condicional por buena conducta sea decisiva».

Además, pese a la condena a España, sobre la que no cabe recurso posible, otros siete magistrados se opusieron a que se indemnice a la etarra con 30.000 euros. A Paul Mahoney y Faris Vehahovic se sumaron Mark Villiger (Liechtenstein), Elisabeth Steiner (Austria), Ann Power-Forde (Irlanda), Paul Lemmens (Bélgica) y Valeriu Grito (Moldavia), que ponen de manifiesto en su voto particular que Del Río ha cometido asesinatos, tentativas de asesinato y lesiones de gravedad y «ha provocado numerosas víctimas». «Debido a las particularidades del caso y del contexto en el que se inscribe consideramos que no ha lugar a conceder a la interesada una suma económica a título de perjuicios morales», indican los cinco jueces.

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3.  Francisco José Alcaraz, presidente de Voces contra el Terrorismo

(Recibido 22 octubre de 2913)

Javier:

esta mujer ha asesinado a 24 personas

y va a salir en libertad




Inés del Río fue miembro del comando Madrid de ETA y fue condenada a 3.828 años de cárcel por asesinar a 24 ciudadanos inocentes. Hoy el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dicho que el Gobierno español tiene que indemnizarla por haberle aplicado la doctrina Parot, que permitía a la Justicia mantenerla en prisión.

Este martes, a las 9.15 de la mañana, el pleno extraordinario de la Audiencia Nacional se reúne para decidir si la pone en libertad. Sobre la mesa de los jueces, la sentencia de Estrasburgo. Y sobre la conciencia de Martiano Rajoy, la posibilidad de impedir que los terroristas se conviertan en los vencedores de la lucha antiterrorista.

El próximo viernes los jueces volverán a reunirse para decidir si liberan otra asesina, Jofesa Mercedes Enaga, miembro del comando Barcelona, una de las criminales del atentado de Hipercor (21 muertos). Y en las próximas semanas, la Audiencia Nacional tendrá que revisar otros 30 casos de asesinos etarras que podrían quedar en libertad.

Dile a Mariano Rajoy que mantenga la doctrina Parot si quiere volver a verte entre sus electores

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no es de obligado cumplimiento para España. Muchos países democráticos (por ejemplo, Gran Bretaña) han rechazado sus sentencias. El presidente del Gobierno tiene el poder de decidir que España no acatará esta barbaridad jurídica. Pero si no se lo exigimos todos de manera inmediata y contundente, los asesinos de los últimos 50 años quedarán en libertad.

Te pido que me ayudes: envía tu mensaje a Moncloa, exige a Mariano Rajoy que mantenga en la cárcel a quienes intentaron acabar con la libertad de todos, y para ello asesinaron a tantos:

http://www.hazteoir.org/alerta/54207-diga-s-doctrina-parot

¡Muchas gracias por defender al memoria de las víctimas y por luchar por una democracia limpia de asesinos!

Francisco José Alcaraz, presidente de Voces contra el Terrorismo

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4. El Ministro del Interior en declaraciones a la radio

 

Jorge Fernández: "Estrasburgo no le ha hecho ningún bien hoy a la causa de los derechos humanos" (En una entrevista en el programa de 8 al día de Catalunya y reproducido en La vanguardia del día 22 de Octubre de 2013)

Para el titular de Interior, "hoy el TEDH no le ha hecho ningún bien a los derechos humanos" y ha subrayado la incomprensión que suscita una decisión como ésta porque "estamos hablando de delitos gravísimos: de terroristas, violadores, etc.". La crítica del ministro al tribunal de Estrasburgo ha ido más allá cuando ha recordado que "diariamente en el mundo se violan los derechos humanos, y este no era el caso". Jorge Fernández ha añadido que la justicia española ha protegido siempre los derechos humanos, por lo que ha lamentado que el fallo cuestione una doctrina Parot que "fue fijada por el Tribunal Supremo y avalada finalmente por el Tribunal Constitucional".

Por todo esto, ha asegurado que es difícil "explicar a las víctimas el por qué la persona que cometió estos delitos tan graves se le han violado los derechos y encima hay que indemnizarles".

Jorge Fernández ha garantizado que la aplicación de la sentencia la van a llevar a cabo las instancias españolas en función de la interpretación que ya determinaron Supremo y Constitucional, agregando que se va a mirar "caso por caso". 

Respecto a las garantías de seguridad que Interior dará en el caso en que estos presos queden en libertad, el ministro ha asegurado que se va aplicar de forma tajante la legalidad. "En el caso de los terroristas, que estén libres no quiere decir que puedan hacer apología del terrorismo o que puedan volver a casa como héroes de guerra", ha dicho, mientras que otros casos, como de violadores, "se llevarán a cabo las medidas previstas en la legalidad vigente".


 

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5. La Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (Acvot)

(La Vanguardia 22/ 10/13)

BARCELONA (EUROPA PRESS) La Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (Acvot) ha afirmado que la sentencia de este mismo lunes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo sobre la doctrina Parot "desprecia manifiestamente" el dolor de las víctimas del terrorismo, ha informado la entidad en un comunicado.

También considera que es "gravemente perjudicial" para la lucha antiterrorista, y que la posible salida de prisión de miembros de ETA supone un balón de oxígeno para ellos: calcula que podrían beneficiarse de la sentencia 64 terroristas, y solo uno, Joseba Arizmendi, se ha manifestado en contra de la violencia y dispuesto a abandonar las armas.

La Acvot ha reclamado que la sentencia se aplique solo a Inés del Río, velará "para que ninguna excarcelación pueda suponer enaltecimiento del terrorismo ni menosprecio a las víctimas", ante lo que no dudará en ejercer acciones judiciales, y ha pedido que quienes apoyan a los terroristas no usen banderas catalanas en sus actos.

Leer más: http://www.lavanguardia.com/politica/20131021/54391497784/victimas-catalanas-del-terrorismo-contra-sentencia-estrasburgo.html#ixzz2iQo07jl4
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6. Del editorial de ABC. ¿De qué derechos humanos hablamos?

Día 22/10/2013

Tras la sentencia de Estrasburgo, hay que evitar certificados de defunción del Estado de Derecho contra ETA, incluso de la propia doctrina Parot, aunque haya quedado seriamente tocada

LA sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la terrorista Inés del Río es, sin paliativos, el más grave revés que ha recibido la política antiterrorista del Estado...

Editorial del ABC. El resto de pago

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7. Editorial de La Razón.

 

La irreversible derrota de ETA

(editorial de “La Razón”, 22/10/13)

La Gran Sala del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha fallado contra España en el caso de la asesina etarra Inés del Río Prada. La sentencia, hecha pública ayer, no sólo rechaza las alegaciones presentadas por la Abogacía del Estado, sino que enmienda una interpretación jurisdiccional avalada tanto por el Tribunal Supremo como por el Tribunal Constitucional de un país democrático, poseedor de una de las leyes penales más garantistas de la Unión Europea. La decisión de los jueces de Estrasburgo, basada en la interpretación literal de una parte aislada del corpus legislativo español, hace un flaco favor a la Justicia, sólo explicable por la incomprensión de los magistrados del fondo de la cosa juzgada –una parte sustancial de cuya responsabilidad debe atribuirse al magistrado español Luis López Guerra, que no puede alegar ignorancia– y daña innecesariamente el derecho de las víctimas a la justa reparación penal, a su memoria y a su dignidad. Representa, asimismo, un flagrante desprecio a la necesaria equidad del reproche penal –al no distinguir entre el autor de un homicidio y el de un asesino múltiple– y se inmiscuye en la interpretación de un reglamento penitenciario, de rango inferior a la legislación preexistente. Y, sin embargo, al Gobierno no le queda más remedio que acatar la sentencia, en cumplimiento de las obligaciones contraídas desde que el Estado español se adhirió, con todas sus consecuencias, a la Convención Europea de los Derechos Humanos. No es posible adoptar otra determinación por más que la sociedad, atónita, haya recibido con indignación la incomprensible decisión de Estrasburgo y exija, con todo el sentido de la Justicia, que no se someta a las víctimas de unos crímenes execrables a una nueva humillación y al dolor añadido de tener que encontrarse en la calle con unos asesinos que ni han cumplido las penas a que son acreedores ni, en la mayoría de los casos, han mostrado el menor arrepentimiento por su conducta. Pero aunque es forzoso, por mucho que nos repugne, aceptar la puesta en libertad de una asesina sanguinaria como Inés del Río Prada, el Gobierno aún dispone de una larga serie de mecanismos legales para limitar en lo posible el daño causado y, sobre todo, para impedir que la banda etarra y todo el entramado que la sustenta convierta lo ocurrido en un triunfo propio y ponga en cuestión la política penitenciaria y las bases de la lucha antiterrorista. En este sentido, no podemos dejar de ponderar la rapidez de la respuesta dada por los ministros de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, y del Interior, Jorge Fernández Díaz, en su intervención conjunta ante la opinión pública. Los dos miembros del Gobierno más concernidos por este asunto plantearon ayer la única respuesta posible ante cualquier pretensión de sacar fuera de sus estrictos términos la resolución de Estrasburgo. En primer lugar, no se ha puesto en cuestión la legalidad de la política penitenciaria española, y tampoco, la legitimidad de la actuación penal de los tribunales españoles. La sentencia afecta exclusivamente a los terroristas, violadores múltiples y reos de crímenes de especial gravedad, a quienes se juzgó por el Código Penal de 1973 –reformado en 1995– y sólo en lo que se refiere al cómputo del cumplimiento de las penas. Afecta a un caso individual y tendrán que ser los tribunales sentenciadores –la Audiencia Nacional y las audiencias provinciales– quienes estudien individualmente los recursos de otros reos que se consideren incursos en la resolución del Tribunal de Estrasburgo. En cada procedimiento, la Fiscalía actuará con la mayor diligencia y detenimiento para evitar excarcelamientos indebidos, proponiendo todas las cautelas necesarias. Esta medida debería bastar para impedir una salida general de delincuentes presos, con la consiguiente alarma social y sensación de impunidad. En el caso de los etarras, se extremará la vigilancia para que no se produzcan actos de enaltecimiento del terrorismo, apología de la violencia o desprecio a las víctimas, delitos cuya tipología está perfectamente articulada en el Código Penal. Desde el punto de vista jurídico, esta serie de actuaciones son del todo acertadas y deben llevarse a término sin excepciones, pero no pueden disociarse del planteamiento político esencial, tal y como lo expresaron Ruiz-Gallardón y Fernández Díaz, con el que desde estas páginas no podemos estar más de acuerdo: nada ha cambiado en el tratamiento de la lucha antiterrorista. Lo ocurrido con la «doctrina Parot» no modifica en absoluto el hecho fundamental de que la banda terrorista ha sido derrotada por la sociedad española, con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en vanguardia, y no tiene más opción que disolverse y entregar las armas. Cualquier proceso negociador sobre los beneficios penitenciarios no puede referirse más que a lo establecido por la legislación, que implica el arrepentimiento y la colaboración plena con la Justicia de los presos, y el Estado no ha cesado, ni cesará, de perseguir el esclarecimiento de todos los delitos cometidos con la intención de aplicar las sanciones previstas por las leyes. Un deber de todo punto irrenunciable.

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8. EDITORIAL El Mundo 22/10/13

 'Un fallo que hay que compensar con todo el apoyo a las víctimas'

LA SENTENCIA del Tribunal Europeo de Derechos Humanos a favor de la sanguinaria etarra Inés del Río y en contra de la aplicación de la doctrina Parot es un revés para España. Basta con observar la reacción de indignación de las víc [...]  El resto de pago

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9. Editorial de “El Pais” 22/10/13


 


Acatar, aplicar


Incumplir una sentencia sobre derechos humanos sí que animaría a los más fanáticos


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, rechazó ayer el recurso presentado por España contra la resolución anterior (julio de 2012) de una de las salas de ese tribunal, en la que anulaba la aplicación de la doctrina Parot a la presa de ETA Inés del Río. Al confirmar dicha anulación, Estrasburgo abre la puerta a la excarcelación de unos 100 reclusos, en su mayoría miembros de ETA, a los que les fue aplicada esa doctrina a partir de 2006.

La doctrina Parot consiste básicamente en que las redenciones de pena previstas en la legislación penitenciaria vigente hasta la entrada en vigor del nuevo Código Penal (1995) se aplican, en casos de condenas múltiples, a cada una de ellas, sucesivamente, y no al máximo de 30 años de cumplimiento previsto en el Código anterior. Aplicando ese Código, Inés del Río, detenida en 1987, habría tenido que salir de prisión en 2008: con la doctrina Parot, se habría atrasado hasta 2017. Estrasburgo considera irregular su permanencia en prisión a partir de 2008.

Dicha doctrina fue controvertida desde el comienzo, pero respondía a un problema real. Las redenciones aplicadas sobre un mismo tope de 30 años hacían que el periodo de cumplimiento real pudiera ser el mismo para condenados por un asesinato o por 23 (como es el caso de Inés del Río). Un absurdo que quiebra el principio de proporcionalidad de la pena, esencial en el derecho penal. La sentencia de 2012 ahora confirmada no entra a valorar el nuevo criterio de cómputo, sino su aplicación retroactiva. Algo netamente antijurídico si se refiere a una ley, pero no necesariamente si lo que cambia es la interpretación jurisprudencial de la misma. Se han citado antecedentes de aceptación de esto último en sentencias del propio Tribunal de Estrasburgo.

Editoriales anteriores




En torno a estas cuestiones ha girado la controversia jurídica sobre el caso, no solo en Estrasburgo, sino también a su paso por el Supremo y especialmente el Constitucional, que avaló por estrecho margen la nueva doctrina. Pero el asunto ha quedado zanjado por el organismo competente, y nada sería más peligroso que hacer caso a las voces que ayer exigían al Gobierno no acatar la sentencia, en ocasiones bajo amenaza de lanzar una campaña de protestas.

Es cierto que la opinión pública está muy sensibilizada por este asunto, pero ello se debe en buena medida al alarmismo levantado sobre sus consecuencias. No es cierto que sin la doctrina Parot haya “impunidad”, o que matar salga “gratis”, como se ha dicho con gran aplomo. Los reclusos que se beneficiarán de su no aplicación llevan en su inmensa mayoría más de 20 años de cárcel: eso no es impunidad. Tampoco es verdad que su salida vaya a dejar al Estado de derecho desarmado frente al terror: que el Estado se negase a cumplir la sentencia de un Tribunal de Derechos Humanos sí que estimularía a los más fanáticos de ese mundo, que llevan decenios diciendo que España no es una verdadera democracia.

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10. Del editorial de “El Diario Vasco” (es de pago)

 

Los editoriales de El Diario Vasco y de El Correo (normalmente el mismo) son de pago. He extraído y traslado manualmente de la editorial de El Diario Vasco del martes 22/10/13 en formato papel lo siguiente, donde queda en meridiana claridad la opinión editorial del periódico: “Puede resultar incomprensible y hasta hiriente que reclusos condenados a cientos de años de cárcel por haber convertido la vida de algunos de sus conciudadanos en mero objeto de la inquina totalitaria, se vean legitimados para reclamar que se les aplique la Ley con las máximas garantías para sus derechos como humanos. Como es abominable que la izquierda abertzale muestre con algarabía su satisfacción ante una sentencia que cuando menos debiera invitar a sus supuestos beneficiarios a la moderación. O criticable que el Gobierno Vasco reciba con entusiasmo algo que obliga a todas las instituciones a tener muy en cuenta los desgarros que provoca en las víctimas. Pero la democracia no comenzó a corregir hasta 1995 el lacerante absurdo de que un asesinato merezca los mismos años de cárcel que veintitantas muertes”

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11. De una declaraciones del magistrado Joaquín Giménez

 

Joaquín Giménez Magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que ejerció de magistrado en San Sebastian y como Presidente de la Audiencia en Bilbao en una entrevista (obviamente de pago) en El Diario Vasco (22/10/13) escribe que “El Tribunal Europeo de Derechos Humanos vienen a recoger la tesis fundamental de los tres compañeros de la Sala Segunda que hicimos el voto particular (contra la sentencia que avaló mayoritariamente la Doctrina Parot) porque nos parecía de justicia hacerlo. Uno de los principios del Derecho Penal es que las interpretaciones de la leyes, sobre todo cuando hay un giro de 180 grados, como en este caso, tienen que tener una proyección de futuro, nunca retroactiva; máxime cuando va contra el reo”

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12 Editorial de GARA 22/10/13

Estrasburgo obliga al Estado pero interpela a Euskal Herria


El fallo de la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ratificando y haciendo definitiva la sentencia contra la aplicación de la doctrina 197/2006 a Inés del Río es una buena noticia desde todas las vertientes. En primer término, no puede ser de otra forma, lo es para la presa de Tafalla, cuya puesta en libertad debe producirse de forma inminente. Cinco años de prisión añadida no se enjuagan fácilmente y no se puede decir que en su caso se haya hecho justicia, pues nadie le va a devolver ese tiempo, pero es evidente que la noticia procedente de Estrasburgo era la que esperaban ella y sus allegados.

Por supuesto, también es una gran noticia para las decenas de presas y presos cuyas condenas han sido alargadas de forma arbitraria y que permanecen encarcelados sin soporte legal. En los últimos siete años el numero de víctimas de la doctrina ha ido creciendo a medida que se iban cumpliendo las penas, hasta sumar más de medio centenar de personas que en ejecución del dictamen europeo deberían quedar en libertad en breve, y otras muchas que pueden verse afectadas a medio plazo. Precisamente, una parte importante del problema que se les presenta ahora a los poderes del Estado ante un sector de su opinión pública (y publicada) es consecuencia de su empecinamiento en engrosar la lista de afectados por una norma que se sabía injusta. En este tiempo, los mandatarios españoles han tenido más de una oportunidad de poner freno al disparate, hacer pedagogía y reconducir este tema hacia cauces racionales, pero han optado por huir hacia adelante hasta que han chocado con el muro europeo. Podían haber reculado cuando la doctrina llegó al Tribunal Constitucional, y también cuando se produjo la primera sentencia del Tribunal de Estrasburgo, pero presos de su propia inercia represiva y sujetos al interés del lobby securócrata, quienes tenían en sus manos evitar este bochorno internacional -y, conviene no olvidarlo, el sufrimiento de mucha gente- han sido incapaces de hacerlo. En este sentido, el fallo debería ser aprovechado para que Madrid redefina su política carcelaria y la sitúe, al menos, en parámetros respetuosos con los derechos humanos.

Impulso en el camino de la solución

La primera intervención de los titulares de Justicia e Interior no permite albergar muchas esperanzas a este respecto. Aun sabiendo cuál podía ser el sentido de la sentencia, y a pesar de que su rueda de prensa había sido convocada con antelación, ambos trasmitieron una sensación de congoja, real o impostada, que quizá pretendía reflejar su cercanía con algunos colectivos de víctimas pero que distaba mucho de lo que se espera de unos ministros. Y en el fondo de su intervención no hubo asomo de autocrítica, sino un rezongador acatamiento de un veredicto que no comparten. Mostraron además una concepción vengativo-represiva ajena al Estado de Derecho que tanto reivindican. Los representantes del Gobierno del PP parecen no entender la gravedad de ser condenados por una instancia europea por quebrantar sus propias leyes para violar derechos humanos y se permiten amenazar con más de lo mismo.

Con todo, y aun sabiendo que los obstáculos van a seguir existiendo, la sociedad vasca debe entender el fallo del TEDH como un acicate en la búsqueda de una paz justa y duradera. Hace dos años se fijó una hoja de ruta para la consecución de ese objetivo, y es responsabilidad de este pueblo y de sus agentes políticos y sociales articular los mecanismos necesarios para hacerla efectiva. En este sentido, la sentencia tiene implicaciones que van más allá de la situación de Inés del Río o de los presos y presas vascas, y debe ser un punto de inflexión para retomar el camino emprendido en Aiete. Puede decirse que Estrasburgo obliga al Estado español a eliminar una norma legal que conculca derechos humanos, pero interpela a este pueblo para que afiance ese camino.

Si algo quedó claro ayer es que queda muchísimo trabajo por hacer. Hay que agradecer la serenidad mostrada por quienes defendían la derogación de la doctrina 197/2006. Ahora esa alegría contenida puede resultar fértil para romper bloqueos.

Con una paz justa todo el mundo gana

No es momento para triunfalismos. Tampoco para derrotismos. El Estado español, todos los estamentos que de un modo u otro configuran su política de estado, deben reflexionar seriamente sobre qué clase de sociedad quieren configurar, cómo piensan revertir una inercia que les está llevando a ser condenados una y otra vez por no respetar los derechos humanos. Por otro lado, quienes consideran esta decisión de la Corte europea una victoria hacen bien en no patrimonializarla y en recuperar así una de las máximas de todo proceso de resolución: este proceso no se puede afrontar con una perspectiva de «suma cero», en la que unos lo ganan todo y otros lo pierden todo; para ello hay que desplegar una estrategia en la que todos ganen, el famoso «win-win». Frente a la estéril proclama del «vencedores y vencidos», ayer ganaron los derechos humanos, y a nadie sensato debería dolerle eso.

Había muchas cosas en juego en Estrasburgo, todas vitales. Vitales porque afecta seriamente a la vida de las personas, a sus derechos y a su dignidad. Cruciales porque se trata de derechos humanos. Pero también vitales en términos políticos, donde hay que recuperar sensaciones, expectativas, potencialidades, complicidades... y encauzar toda esta energía renovada a lograr un cambio político que tiene como pilar la garantía de todos los derechos para todas las personas. Este acontecimiento debería servir para que, más allá de inercias y obediencias, ese proyecto como pueblo fuese prioritario para todos.

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